Bienvenido al Registro de visitas domiciliarias, inspecciones y verificaciones del Gobierno del Estado de Aguascalientes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Con fundamento en los artículos 46 al 48 de la Ley de Mejora Regulatoria y Gestión Empresarial para el Estado de Aguascalientes, se publica el Padrón de los servidores públicos autorizados para realizar inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias así como el listado de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias que pueden realizar las autoridades estatales y municipales. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
La Secretaría de Innovación y Gobierno Digital, a través de la Dirección General de Innovación y Mejora Regulatoria es la responsable de administrar y publicar la información del Padrón. Las Autoridades de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados, son las responsables de supervisar y coordinar el Padrón en el ámbito de sus competencias. Los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Padrón de los servidores públicos, incluyendo información estadística sobre inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias realizadas en el periodo a reportar y la demás información que se prevea en la Estrategia Estatal, misma que determinará la periodicidad para su actualización. En caso de detectar algún error u omisión en la información, le solicitamos se comunique al teléfono 449-910-25-80 extensiones 4832, 4834 y 4839. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Listado de Listado de Inspecciones, Verificaciones y Visitas Domiciliarias | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DEPENDENCIA | UNIDAD ADMINISTRATIVA: | Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria | Número de inspecciones | Modalidad | Homoclave | Sujeto obligado responsable de la aplicación | Identificar el tipo de actividad: inspección, verificación o visita domiciliaria | Tipo de inspección | Objetivo | Periodicidad en la que se realiza | Especificar qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria | Fundamento jurídico de la existencia de la inspección, verificación o visita domiciliaria | Bien, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria | Derechos del sujeto regulado | Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado | Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado | En caso de que correspondan a requisitos que son trámites o servicios o de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberá de identificar plenamente los mismos" | En su caso señalar el sujeto obligado ante quien se realiza el requisito. | Especificar si el inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria | En caso de que se requiera firmar un formato, brindar el formato correspondiente | Tiempo aproximado de inspección | Pasos a realizar durante la inspección | Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria | Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador | Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria | Números telefónicos, dirección y correo electrónico de las autoridades competentes encargadas de ordenar inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias | Números telefónicos, dirección y correo electrónico de los órganos internos de control o equivalentes para realizar denuncias | Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas en el año anterior | Número de inspeccionados sancionados en el año anterior | Trámite con el que se relaciona | Vinculación con el Registro de Trámites | |||||||||||
Coordinación General de Movilidad | Dirección General de Transporte Público | Visitas de
inspección, vigilancia y verificación al servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades |
Depende del número de unidades de transporte que se quieran inspeccionar. | EDO | Coordinación General de Movilidad | Inspección | De documentos, unidades y lugar | Constatar los
documentos que acrediten la propiedad del vehículo, el título de concesión, permiso o autorización para prestar el servicio de transporte, el tarjetón o ficha de identificación, licencia del operador y la póliza de seguro o su equivalente de los vehículos; inspecciones a las instalaciones destinadas al servicio de transporte público; así como cualquier otro acto relacionado con la Página 106 de 115 prestación del servicio de transporte, sus servicios auxiliares y conexos |
Cuando se requiera | Constatar documentacion | Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes art. 295 | Vehiculos de transporte público. | 1. Que el
insspector se identifique adecuadamente 2. Conocer el objetivo de la inspección 3. Conocer los criterios que debe cumplir. 4. Podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a las fechas en que se hubiere levantado. |
1.
Permitir al personal autorizado el acceso a lugar o lugares sujetos a inspección en los términos previstos en la orden escrita, así como a proporcionar toda clase de información que conduzca a la verificación del cumplimiento de la Ley y este Reglamento. |
Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes y su Reglamento | N/A | N/A | Firmar el acta que se levante durante la inspección | N/A | Depende de cuantos vehiculos se pretende inspeccionar | 1. Solicitar la
presencia del comerciante 2. Identificaciónn del Inspector 3. Se notifica al comerciante el objeto de la visita 4. Los visitados a quienes se haya levantado acta de inspección, vigilancia o verificación podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a las fechas en que se hubiere levantado. |
Multas | Cumplir con la orden de visita. | HUGO JAIME GARCÍA, SANJUANA MEJÍA SALAZAR, GERARDO JAIME RUIZ ESPARZA, ERICK LÓPEZ ALBA, JACOBO EDUARDO ROMO LÓPEZ, JUAN CARLOS SALAS HERNÁNDEZ, FEDERICO ANGEL MEDINA RIVERA, PEDRO CÉSAR MORALES RANGEL | 449-910-21-06 EXT 3608 ANA.GARCIA@AGUASCALIENTES.GOB.MX | 4499102100 EXT. 7901 Av. José María Chávez 123 C.C. Plaza Patria, Planta Alta Local 40 Zona Centro. denuncia.contraloria@aguascalientes.gob.mx | 0 | 0 |