Artículo 29.- Los costos por obtener la información
no podrán ser superiores al costo de los
materiales utilizados en la reproducción de la misma
y del costo de envío.
Las cuotas de los derechos aplicables deberán
estar establecidas en las Leyes de Ingresos respectivas.
Los sujetos obligados deberán esforzarse por
reducir los costos de envío de información. |