¿Qué es?
Es la autoridad competente para aplicar el Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado, constituyendo un órgano público de consulta y decisión en materia de planeación urbana, desarrollo urbano y vivienda
Principales atribuciones
- Evaluar los diversos programas de desarrollo urbano y vivienda
- Fomentar la obtención de recursos económicos, para aplicarse en la realización de acciones de vivienda en el Estado.
- Dictaminar sobre las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios.
- Autorizar los procedimientos, para la expedición de permisos y licencias para la construcción y de fraccionamientos, condominios o vivienda.
- Evaluar las obras de infraestructura y equipamiento urbano que por su importancia deba conocer.
- Analizar las propuestas para el establecimiento de reservas territoriales para el desarrollo urbano e industrial y la vivienda, que coadyuven a normar el crecimiento de los centros de población, aprovechando al máximo la aptitud del suelo.
- Decidir en aquellos asuntos que se presenten a su consideración, cuando entre la SEGUOT y/o SOP Estatal y los Ayuntamientos exista diferencia de criterio en cuanto al tratamiento de un asunto municipal, en materia de desarrollo urbano y vivienda.
- Realizar estudios orientados a establecer la normatividad del aprovechamiento del suelo, a fin de promover la expedición de provisiones, reservas, usos y destinos.
- Autorizar los fraccionamientos de terrenos, así como la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio, en los casos establecidos por el presente Código.
- Estudiar los problemas que en materia de reservas territoriales confronten los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, a efecto de proponer normas, criterios y políticas orientadas a satisfacer sus necesidades.
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